El objetivo es trabajar por tiempo y materia de forma conjunta para lograr acuerdos sobre este tema sin perjudicar a la población.
Los representantes de la Gobernación y la Federación de Ganaderos de Santa Cruz (Fegasacruz), acordaron instalar mesas técnicas para tratar las leyes sobre la tasa de Bs 10 por res faenada, en una reunión que duró casi dos horas.
Edgar Landívar, secretario de Desarrollo Económico de la Gobernación, informó que se decidió ingresar en un cuarto intermedio en el cobro de ese monto.
Sin embargo a partir de hoy las mesas técnicas comenzarán a trabajar por tiempo y materia para analizar de manera minuciosa el decreto reglamentario, con el objetivo de llegar a un acuerdo final.
“Les pedimos un poco de paciencia, la intención no es alarmar a la población, sino darle tranquilidad estamos entrando a las fiestas de fin de año y no podemos estar dándole incertidumbre en este momento al pueblo cruceño”, expresó Landívar.
“Les pedimos un poco de paciencia, la intención no es alarmar a la población, sino darle tranquilidad estamos entrando a las fiestas de fin de año y no podemos estar dándole incertidumbre en este momento al pueblo cruceño”
Por su parte Adrián Castedo, presidente de Fegasacruz, agradeció a la Gobernación por la predisposición de escuchar y buscar una solución a las observaciones. Además corroboró la decisión de dar un cuarto intermedio a este asunto.
“Un saludo a los 33 mil productores ganaderos, sigamos trabajando queridos productores siempre pensando en cómo fortalecer el sector y el tema de las estructuras sanitarias”, dijo.
Cabe resaltar que el pago de la tasa de Bs 10 por el faeneo de cada res está contemplado en la Ley Departamental 210, en base a las competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Departamental en materia de servicios de sanidad e inocuidad agropecuaria, creación y administración de tasas de carácter departamental, comercio, industria y servicios para el desarrollo y la competitividad en el ámbito departamental, promoción y administración de los servicios para el desarrollo productivo agropecuario.
Esta norma designa a los centros de remate, mataderos y/o frigoríficos de ganado bovino y bubalino en el departamento de Santa Cruz como agentes de retención de este tributo, en los términos y condiciones que se establezcan reglamentariamente.
Fuente: Gobernación
Redacción: Publiagro