El propósito de las nuevas restricciones está centrado en lograr que el Beni sea un departamento libre de fiebre aftosa sin vacunación.
El Servicio Nacional de Sanidad Animal e Inocuidad Alimentaria (Senasag) junto a la Federación de Ganaderos de Beni (Fegabeni) comunicó a todos los productores que necesiten llevar animales al departamento de Santa Cruz y retornarlos al Beni o a la provincia de Iturralde de La Paz, que deben cumplir con una serie de requisitos para lograr ese objetivo.
Los requisitos en cuestión son los siguientes:
1. Para el traslado programado deben solicitar el respectivo movimiento animal mediante nota dirigida al Senasag especificando la cantidad de bovinos a movilizar y el predio de destino.
2. Hacer la identificación de los animales con aretes autorizados por el Senasag.
3. Los animales no deben ser vacunados contra la fiebre aftosa bajo ninguna circunstancia para poder retornar a su destino de origen.
Acuerdan, igualmente, que en caso de emergencia por inundaciones o sequías los animales en movimiento deben ser notificados ante el Senasag, el predio o área de resguardo y en un plazo no mayor de 15 días el productor debe solicitar una inspección para la identificación de los bovinos que retornarán a su destino de origen.
Señalan en el comunicado audiovisual de la página del Senasag que en ambos casos el retorno de los animales debe ser informado al Servicio con la finalidad de realizar la inspección y emisión de la guía correspondiente.
Finalmente, como una especie de eslogan afirman: «Senasag y Fegabeni trabajan para declarar al departamento del Beni libre de fiebre aftosa, sin vacunación».
Fuente: Senasag
Redacción: Publiagro