Ganaderos deben registra sus predios hasta fines de noviembre ante el Senasag

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Todos los productores de ganado bovino, deben registrar sus predios de manera obligatoria desde el presente mes hasta el 30 de noviembre en las oficinas locales del Senasag (Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria), dando cumplimiento de esta manera a la Ley 830 de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria.

 

Javier Suárez, director nacional del Senasag, informó que buscando actualizar y migrar los datos de establecimientos pecuarios al sistema digital RUNSA (Registro Único de Sanidad Agropecuaria), es que se dispuso que todos los productores dueños y alquilantes de predios ganaderos bovinos se apersonen por algunas de las 110 oficinas locales del Senasag a nivel nacional para registrar sus predios y el número de animales que están criando.

 

“Esto con el objetivo de poder avanzar en nuestros programas sanitarios a nivel nacional”, indicó Suárez, al recordar que desde el 2011 hasta el 2013 se realizó un catastro del sector pecuario llegando en ese entonces a identificar la existencia de 280 mil predios a escala nacional.

El director nacional del Senasag comentó que durante este periodo los productores podrán vacunar con normalidad su ganado bovino, sacar certificados y guías de movimiento, sin ningún problema, pero una vez cumplido el plazo de registro evaluaran el avance y conjuntamente con el sector productivo verán que acciones tomaran con aquellos ganaderos que no cumplieron con esta disposición.

 

Suárez dio a conocer los requisitos para el registro de establecimientos pecuarios titulados.

 

“El productor debe enviar una carta de solicitud dirigida al Senasag, llenar el formulario del RUNEP – RUNSA, fotocopia de carnet del titular, fotocopia del título de propiedad o documento privado de compra-venta, plano de distribución de las instalaciones del establecimiento según el rubro (ave, porcinos, bovinos y otros en específico) y el formulario de liquidación; y comprobante de depósito o transferencia bancario por el servicio sanitario que es de Bs 150”, comentó el director nacional del Senasag.

 

Asimismo, Suarez señaló que documentación deberán presentar los alquilantes, copropietarios que no poseen la titularidad del predio o establecimiento.

“También deben presentar una carta de solicitud dirigida al Senasag, fotocopia de carnet de identidad del productor, formulario RUNEP, fotocopia de documento privado (contrato de alquiler) que acredite la tenencia del predio o establecimiento en la que se encuentra sus animales en el momento del registro y una fotocopia del registro de marca del productor otorgada por el municipio o asociación ganadera”, dijo Suarez, al puntualizar que también deber hacer el pago de Bs 150 para registrarse.

 

Por último, acotó que el registro para los productores pertenecientes a las Organizaciones Económicas Campesinas, Indígenas y Originarias (OECAs) es gratuito.

 

“Estos productores deben presentar una carta de solicitud, el formulario del RUNEP – RUNSA, la fotocopia del carnet de identidad del titular, fotocopia del título de personería jurídica o certificado por la autoridad originaria y presentar documentos establecidos en el Decreto Supremo 2849/2016 de la ley 338/2013”, finalizó el director nacional el Senasag.     

 

Fuente: Publiagro